Trámites ante el Cementerio Municipal - Concesión de derecho funerario (sepultura/parcela)

Tumba del Poeta Miguel Hernández

El derecho funerario sobre sepulturas o parcelas se adquiere con la concesión del mismo mediante resolución expresa otorgada por el órgano municipal competente, previo pago de las correspondientes tasas y a solicitud del interesado, en nombre propio o través de representante.

Quién puede solicitarlo

  • Personas físicas.
  • Comunidades religiosas, establecimientos benéficos y en general instituciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas, para la inhumación de sus miembros.

Normativa aplicable

Presentación
Documentación a presentar: 
  • Solicitud de la Concesión del Derecho Funerario, debidamente cumplimentada y firmada.
  • Copia de D.N.I o N.I.F. del solicitante o solicitantes.
  • Documento que acredite la representatividad, en su caso.
  • Justificante del pago de la tasa que corresponda.
Información complementaria
Galería de Imágenes: 
Cementerio Municipal Nuestra Señora del Remedio
Cementerio de San Blas
Sepultura del cronista oficial Enrique Cerdán Tato, ubicada en el Jardín del Silencio
Lápida indicativa del Jardín del Silencio
Vista general del Jardín del Silencio
Panteón en honor a los mártires de la libertad
Sepultura de Rodolfo de Salazar, ubicada en el Jardín del Silencio
Sepultura de Salvador Sellés, ubicada en el Jardín del Silencio
Sepultura de Francisco Figueras Pacheco, ubicada en el Jardín del Silencio
Sepultura de José Mª Py, ubicada en el Jardín del Silencio
Sepultura de Miguel Hernández, su esposa Josefina y su hijo Manuel
Plano interior del cementerio
Capilla
Mauselo de Manuel Prytz y Carter
Nicho de José García Pérez