Plan de Medidas Antifraude / Buzón de Denuncias
Con arreglo al artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, al ejecutar fondos provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, se establece la puesta en marcha de un Plan de Medidas Antifraude y un procedimiento para la denuncia de irregularidades y sospechas de fraude detectadas a través de unos canales específicos denominados Buzón de Denuncias que conectan con diversas vías para llevarlas a cabo.