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Únicamente se admitirá la transmisión a un tercero de la autorización demanial otorgada para la instalación de una terraza de veladores, cuando previamente se hubiera llevado a cabo la cesión o transmisión de la titularidad de la licencia de apertura del establecimiento público al que está vinculada la terraza, por cualquier medio válido en Derecho, lo que se acreditará ante el Servicio de Fiestas y Ocupación de Vía Pública mediante la aportación del correspondiente documento emitido por la Concejalía de Urbanismo, competente en la materia. Asimismo será, en su caso, causa de transmisión de la autorización demanial, la cesión de la concesión disfrutada por el titular del establecimiento principal al que está vinculada la terraza, en los mismos términos establecidos en su día para la persona adjudicataria de la concesión originaria.
En ambos supuestos, el nuevo titular podrá acogerse a la transmisión directa de la autorización de veladores ya concedida, mediante el procedimiento simplificado previsto en este artículo, cuando concurran idénticos términos y condiciones a los establecidos en la autorización preexistente y por el tiempo de vigencia que reste para el vencimiento de la misma, previa solicitud, suscrita por la persona interesada en obtener la transmisión de la autorización.
En este trámite únicamente se admitirá la modificación del mobiliario y demás elementos auxiliares de la terraza ya autorizados con anterioridad, de modo que afecte únicamente a sus características estéticas, sin afectar al número o dimensiones de los mismos o a su disposicón en la terraza, o cuando consista en la mera retirada de mobiliario o elementos auxiliares autorizados con anterioridad, así como la modificación de la distribución por temporadas.
Documentación a presentar
- En caso de que la persona interesada actúe por medio de representante, deberá acreditarse la representación realizada, mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
- Copia del NIF del interesado o tarjeta de identidad, en su caso, cuando se trate de personas pertenecientes a la Unión Europea. en caso de extranjeros no comunitarios, copia del Permiso de Residencia y de Trabajo, con vigencia por el período relativo al período objeto de autorización.
- Copia de la licencia municipal de apertura del establecimiento público al que está vinculada la terraza solicitada.
- Copia de la Declaración censal presentada ante la A.E.A.T. o en el censo tributario que corresponda.
- Certificado de seguro de Responsabilidad civil General y de Incendios, en vigor, en los térmnos establecidos en el artículo 8 de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación Temporal de la Vía Pública mediante Actividades y Espectáculos de Carácter Comercial, Recreativo, Sociocultural y Otros Análogos, que deberá ofrecer cobertura sobre la ocupación solicitada, comprensivo de los distintos elementos que componen la terraza, y de los riesgos derivados de la actividad a desarrollar en la misma. dicho certificado deberá ir acompañado del correspondiete recibo acreditativo del pago de la póliza contratada.
- Documentación gráfica descriptiva de las dimensiones, así como de las caracteríticas técnicas y estéticas de cada uno de los elementos básicos que conforman los veladores (mesas y sillas) así como de los elementos auxiliares y de sus materiales de fabricación y características de funcionamiento, aportando fotocopia en color del catálogo y fotografía en color de los distintos modelos propuestos.
Cuando proceda
En el supuesto de que se solicite modificación del mobiliario y demás elementos auxiliares de la terraza ya autorizados con anterioridad, se exigirá la siguiente documentación:
- Memoria descriptiva del mobiliario en los términos establecidos en el apartado B1) del artículo 16.3.7 de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación Temporal de la Vía Pública mediante Actividades y Espectáculos de Carácter Comercial, Recreativo, sociocultural y Otros Análogos.
Cuando se solicite modificar la distribución de temporadas, se deberá aportar la siguiente documentación:
- Documentación estabecida en apartado A3) del artículo 16.3.7 de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación Temporal de la vía Pública mediante Actividades y Espectáculos de Carácter Comercial, Recreativo, Sociocultural y Otros Análogos.
Datos de contacto
Departamento de Ocupación de Vía Pública
- Ubicación: C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 – 5ª planta. C. Postal: 03001
- Horario de atención al público: martes y jueves de 09:00 a 13:00 horas.