Periodo vigencia autorizaciones venta no sedentaria

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local y tablas con periodo de vigencia

Mercadillo

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 17 de septiembre de 2024, aprobó el expediente relativo al periodo de vigencia de las autorizaciones municipales actuales para el ejercicio de venta no sedentaria en mercados periódicos de abastecimiento de productos básicos de la ciudad de Alicante (mercadillos municipales), finalización del periodo de duración:

  • Mercadillo de Babel.
  • Mercadillo de Benalúa.
  • Mercadillo de Carolinas.
  • Mercadillo de José Manuel Gosálbez (Mercado de Teulada).

La concejala delegada de Comercio, Hostelería, Consumo y Mercados, con fecha 31 de octubre de 2024, ha dictado PROVIDENCIA al objeto de sustitución de las tarjetas actuales por aquellas otras en las que figure el plazo correcto de vigencia/periodo de duración de la autorización municipal para el ejercicio de venta no sedentaria, en el correspondiente Mercadillo.

Todo ello, para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente de aplicación y en cumplimiento de lo acordado por la Junta de Gobierno Local, en el acuerdo mencionado.

 

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