Domiciliación bancaria

Domiciliación bancaria

Este servicio permite solicitar la domiciliación bancaria de recibos de los tributos municipales de cobro periódico: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Tasa de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos (Basuras), Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica (IBI Rústica), Tasa por derechos de entrada de vehículos a través de las aceras y vías públicas (Vados), Tasa de Mercados, Cánones Municipales y Tasa de quioscos. 

Importante:

  • Para solicitar la domiciliación bancaria, puede descargar el Modelo de Orden de Domiciliación de Adeudo Directo SEPA que está disponible en esta página. El deudor (titular del recibo) debe cumplimentar y firmar una orden de domiciliación por cada recibo a domiciliar
  • Para que surta efectos en el periodo recaudatorio inmediato a su presentación deberá tener entrada con una antelación mínima de dos meses sobre la fecha de inicio de cada período, y no ser defectuosa (ver Calendario del Contribuyente).
  • Al dorso del impreso se pueden consultar todas las normas e instrucciones sobre la domiciliación de recibos.

Lugar de presentación:

Personas físicas:

  • De manera presencial con cita previa, en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC) (en la Tesorería Municipal ya no se presentan).
    • Las citas previas de la OAC 'Cervantes' (C/Cervantes, 3) se solicitarán por teléfono en el Tel. 010 ó  900 153 862. Las citas previas de la OAC 'Séneca' (C/Portugal, 17) y OAC 'Gastón Castelló' (C/Pino Santo, 1) se solicitarán en el Tel. 010 ó  900 153 862 o a través de Internet en https://citaprevia.alicante.es: 'Tipo de servicio'>'Servicio de Atención Integral a la Ciudadanía (SAIC)' > 'Gestión'>'Trámites Municipales.

    • Para cualquier aclaración o incidencia, puede llamar al Tel. 010/ 900 153 862.

       

  • En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante, utilizando al efecto una "instancia genérica": https://sedeelectronica.alicante.es/servicios.php
  • En cualquier otro Registro Público o por correo postal, en los términos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPACAP.

Personas jurídicas así como el resto de entidades y personas relacionadas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPACAP, exclusivamente:

En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante, utilizando al efecto una "instancia genérica": https://sedeelectronica.alicante.es/servicios.php 

Documentación a aportar junto con la Orden de Domiciliación de Adeudo Directo SEPA:

Personas físicas:

  • Fotocopia de libreta de ahorro, cheque, extracto, recibo, certificado, etc., expedido por la Entidad Financiera, donde consten el nombre del titular, NIF/CIF y el número de cuenta IBAN.
  • Fotocopia del DNI del deudor (titular del recibo)
  • Si el titular de la cuenta bancaria es distinto del deudor, además, fotocopia de su DNI.

Personas jurídicas:

  • Fotocopia de libreta de ahorro, cheque, extracto, recibo, certificado, etc., expedido por la Entidad Financiera, donde consten el nombre del titular, NIF/CIF y el número de cuenta IBAN.
  • Fotocopia del CIF del deudor
  • Fotocopia del DNI del representante (administrador, apoderado, etc.)
  • Fotocopia del documento íntegro donde conste la representación.
Presentación