Bajas en el Padrón Municipal de Habitantes

Bajas en el Padrón Municipal de Habitantes

  • Toda persona que cambie de municipio de residencia deberá solicitar por escrito su ALTA en el Padrón de Habitantes del municipio de destino (art. 70 Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales).
  • El ciudadano español que traslade su residencia al extranjero, deberá solicita el ALTA en el Registro de Matrícula de la Oficina o Sección Consular de destino.
  • El ciudadano extranjero que abandone España para residir fuera, podrá solicitar causar BAJA en el municipio de España donde figure inscrito, mediante una declaración al efecto firmada, fechada y acreditando su identidad (Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón Municipal., en su apartado 5.2.1.'Bajas por cambio de residencia').

Cita previa:

Las citas previas de la OAC 'Cervantes' (C/Cervantes, 3) se solicitarán por teléfono en el Tel. 010 ó  900 153 862. Las citas previas de la OAC 'Séneca' (C/Portugal, 17) y OAC 'Gastón Castelló' (C/Pino Santo, 1) se solicitarán en el Tel. 010 ó  900 153 862 o a través de Internet en https://citaprevia.alicante.es: 'Tipo de servicio'>'Servicio de Atención Integral a la Ciudadanía (SAIC)' > 'Gestión'>'Trámites Municipales.

Para cualquier aclaración o incidencia, puede llamar al Tel. 010/ 900 153 862.

 

 

Documentación a presentar: 

IMPORTANTE:

  • Cualquier trámite del Padrón Municipal de Habitantes debe realizarlo la persona interesada de manera presencial en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC), salvo aquellos que puedan realizarse de manera telemática en Sede Electrónica. En caso de no poder asistir por causa de fuerza mayor, su representante deberá aportar modelo de autorización rellenado y firmado, justificante que acredite la ausencia, documento original de identidad del representante y de la persona interesada.
  • Todos los documentos a presentar tienen que estar en vigor y deben ser originales, salvo que se indique lo contrario. 
  • En caso de documentación oficial extranjera, debe estar traducida juradamente al español.
  • Cuando existan indicios de duda, el Ayuntamiento podrá realizar las comprobaciones oportunas respecto a los datos aportados en cuanto a la identidad, el domicilio y/o la representación.

Documento original de identificación (DNI, NIE, Pasaporte).

Información complementaria