Transcurrido el mes de diciembre de 2018 sin haberse aprobado el Presupuesto de 2019, se considera automáticamente porrogado para el ejercicio 2019 el Presupuesto del año anterior, siendo necesario realizar los pertinentes ajustes en los créditos iniciales de acuerdo con la legislación vigente, para su efectiva aplicación hasta la entrada en vigor del nuevo Presupuesto, de acuerdo con el R.D. 500/1990, de 20 de abril, Artículo 169.6 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.