En las dependencias municipales de la Concejalía de Hacienda sitas en calle Jorge Juan número 5, se podrán realizar todos los trámites relacionados con:
- Impuesto de Bienes Inmuebles, salvo los cambios de titularidad que deberán realizarse en las dependencias de la Dirección General del Catastro, sito en calle Reyes Católicos.
- Impuesto sobre Actividades Económicas, salvo las declaraciones censales que deberán realizarse en las dependencias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
- Tasa de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos (Basura)
- Cualquier trámite relativo al resto de los tributos municipales.
Pago voluntario de tributos de cobro periódico:
- Del 1 de marzo al 30 de abril:
- Tasa de vados.
- Del 15 de marzo al 30 de junio:
- Impuesto de Bienes Inmuebles Urbanos.
- Impuesto de Bienes Inmuebles de Características Especiales.
- Tasa por Recogida de Residuos Sólidos.
- Del 1 de septiembre al 31 de octubre.
- Impuesto de Vehículos de Tracción mecánica (IVTM)..
- Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
- Impuesto de Bienes Inmuebles Rústicos
Facilidades de pago
- Sistema Especial de Pago del Ayuntamiento: En la ordenanza fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles se regula el sistema especial de pago de este impuesto.
- Aplazamientos y Fraccionamientos: Durante los periodos de pago voluntario, podrá solicitar en las oficinas municipales de la Concejalía de Hacienda, sitas en calle Jorge Juan nº 5, el aplazamiento o fraccionamiento del pago de sus impuestos cumpliendo unos requisitos mínimos.
Domiciliaciones
La información detallada puede obtenerse en el siguiente link:
http://www.alicante.es/es/tramites/domiciliacion-bancaria