Recursos y reclamaciones tributarias: Recurso de reposición

Mediante este trámite puede Ud. realizar la presentación de un recurso de reposición sólo contra actos de gestión tributaria y no contra derivados de actuaciones de la Inspección Tributaria (van por otro procedimiento).

Recurso de reposición

Se le pedirá el número de expediente sobre el que trata el trámite y el NIF del obligado tributario.

El recurso de reposición deberá atenerse a la regulación contenida en el artículo 14.2 del RDLeg 2/2004, de 5 de marzo, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el mismo se deberá contener :

  • Las circunstancias personales del recurrente y, en su caso, de su representante, con indicación del número del documento nacional de identidad o del código identificador.
  • El órgano ante quien se formula el recurso.
  • El acto administrativo que se recurre, la fecha en que se dictó, número del expediente y demás datos relativos a aquel que se consideren convenientes.
  • El domicilio que señale el recurrente a efectos de notificaciones.
  • El lugar y la fecha de interposición del recurso.

 

 

 

 

 

Documentación a presentar: 

Podrá aportar la documentación que estime conveniente según el asunto de que se trate.

Formas de Presentación