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Requerimiento a los titulares para la retirada de delimitadores de vados de acceso a garajes.
"Decreto.- Orden de retirada de la vía pública de los delimitadores de vado de acceso a garajes en cumplimiento de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Entrada y Salida de vehículos a través de aceras y vías públicas...../...."
"La Disposición Transitoria Cuarta de la citada Ordenanza dispone:
"Los elementos delimitadores de vado deberán ser retirados de la vía pública, así como restituir la calzada a su estado anterior, realizando las obras que sean necesarias por los titulares de la autorización a cuyo amparo se colocaron, en el plazo máximo de un años desde la entrada en vigor de esta Ordenanza y previa comunicación por escrito a este Ayuntamiento. Transcurrido dicho plazo serán retirados subsidiariamente, a su costa, por esta Administración".
Entrada en vigor de la Ordenanza: 19 de mayo de 2015. BOP nº 94
Plazo retirada voluntaria: 1 año, que venció el 19 de mayo de 2016.
Plazo del requerimiento para la retirada de los delimitadores de vado de acceso a garajes que consta en el Decreto: 1 mes a partir de su publicación en el BOE.
- BOE nº 157, de 30 de junio de 2016. Plazo: Del 30 de junio de 2016 al 30 de julio de 2016.