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Procedimiento para la solicitud de la actividad de elaboración y venta de comida preparada para llevar en locales con de licencia o declaración de actividad
PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE LA ACTIVIDAD DE ELABORACIÓN Y VENTA DE COMIDA PREPARADA PARA LLEVAR EN LOCALES QUE DISPONEN DE LICENCIA O DECLARACIÓN DE RESTAURANTE, BAR Y CAFETERÍAS CON COCINA.
Tramitación de ampliación de la actividad existente, para la actividad de elaboración y venta de comida preparada para llevar en locales que disponen de Licencia de Restaurante, Bar o Cafeterías en las que se acredite que se les ha autorizado cocina.
La disponibilidad de licencia o declaración responsable previa para todas las actividades que disponen de licencia o declaración con cocina, comprendidas en el Anexo de la Ley 14/2010, conlleva la innecesariedad de solicitar el certificado de compatibilidad urbanística (modelo A09) para la ampliación de la nueva actividad.
No presentará un proyecto técnico ya que no ha de cambiar nada en el establecimiento, tan solo aportará las autorizaciones que en su caso resulten necesarias en virtud de la nueva actividad, por lo que pasarán, directamente, a presentar el siguiente modelo:
Presentación de la solicitud: Entrarán en la Sede Electrónica www.alicante.es Catálogo de Servicios, Urbanismo, Modelo 00.
Modelo 00 - Ampliación-nueva actividad – Comunicación Actividades Inocuas. Con el siguiente contenido.
Deberán cumplimentar los datos de la persona que solicita la actividad que debe coincidir con el titular de la actividad existente. En la solicitud incorporará todos los datos que se relacionan seguidamente:
Emplazamiento:
Debe coincidir, exactamente, con el que compatibiliza la actividad existente.
Descripción exacta de la actividad a solicitar.
Elaboración y venta de comida preparada para llevar.
Uso.
Terciario comercial, artículo 95 NNUU Plan General.
Documentación:
- Copia de la licencia o declaración responsable de la actividad de Restaurante o Bar o información suficiente que permita su localización.
- Copia de las autorizaciones que en su caso sean necesarias para el ejercicio de la actividad de elaboración y venta de comida para llevar o información del expediente en el que se halla dicha documentación en la base de datos municipal.
- Plano en el que se defina la zona reservada dentro del local para venta de comida y retirada in situ.
Normativa aplicable.
Se tramita como Comunicación de Actividades Inocuas ya que solo se analiza la ampliación a la nueva actividad, no la que ya tiene licencia o declaración, tal como dispone tanto la Ley 12/2012, Ley 6/2014, como la Ley 14/2010, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de comercio, Medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. epígrafe 662.2 local hasta 750 m2.
Ley 6/2014, , de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control de Actividades de la Comunitat Valenciana. Artículo 74 y Anexo III.
Eficacia:
Eficacia inmediata. Desde su presentación completa tal como dispone la Ley 39/2015, LAP., así como la Ley 6/2014, para las comunicaciones.
Condiciones de forma, modo y tiempo:
Durante la suspensión de la actividad con licencia o declaración responsable de hostelería tales como Restaurante, Bar, etc., el local en el que se realizará la actividad de elaboración y venta de comida para llevar deberá estar perfectamente diferenciado impidiendo la utilización de las mesas, zonas de comedor, etc., de la actividad de hostelería y dejando expedita, tan solo, la zona específica para la retirada in situ de las comidas preparadas, debiéndose cumplir, igualmente, todas las obligaciones de distancia entre clientes, para lo cual se colocarán indicadores sobre el suelo del local determinando la distancia de cada turno.
La solicitud debe colocarse en el acceso del establecimiento:
La copia de la solicitud que la Sede Electrónica emita una vez firmada en la que aparecerá toda la información antes relacionada con el número de entrada E2021….. así como el código de validación segura y el código de barras en el lateral izquierdo, será documento suficiente para acreditar que se dispone de la actividad y puede ejercerse desde la misma fecha que consta en el documento en la parte superior central.
ACTIVIDAD EXISTENTE DE HOSTELERÍA:
A la actividad existente en el local de Restaurante, Bar, etc, relacionadas en el Anexo de la Ley 14/2010, les resulta aplicable lo siguiente.
De conformidad con las nuevas medidas adoptadas por la Generalitat Valenciana, relativas a nuevas restricciones para hacer frente a la pandemia, que entrarán en vigor el próximo jueves 21 de enero de 2021 y que inciden, entre otros, en el sector de la hostelería y la restauración, con la excepción del servicio para la elaboración de comidas para llevar, con distribución en el mismo local o, en su caso, mediante personal repartidor, resulta necesario informar al citado sector que ejerce su actividad dentro del término municipal de Alicante, que al igual que se hizo en abril de 2020, tienen la posibilidad de solicitar el ejercicio de la actividad de elaboración de comidas para llevar mediante un procedimiento urgente, gratuito, con eficacia inmediata, aportando tan solo la documentación mínima y esencial, lo que le permitirá ejercer dicha actividad desde el mismo momento de su presentación en:
www.alicante.es
Sede electrónica
Catálogo de servicios
Urbanismo
Modelo 0 – Indicar: Solicitud Actividad de elaboración y venta de comida preparada para llevar en locales que disponen de licencia o declaración responsable de restaurante, bar y cafeterías con cocina.
CONCLUSIONES
Un mismo local dispone de dos actividades con licencia o declaración responsable compatibles:
Una de ellas, la elaboración y venta de comidas preparadas le permite la venta y recogida in situ en el propio local, además de la entrega en domicilio.
Y otra actividad de hostelería tales como restaurante o bares que mientras se mantenga la suspensión, solo podrán prestar sus servicios de entrega a domicilio.