Del 15 de marzo al 30 de junio de 2025
Exposición pública Padrón Fiscal I.B.I. 2025
Exposición pública del edicto de notificación colectiva de las liquidaciones tributarias periódicas correspondientes al padrón fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana y de características especiales 2025.
Período de exposición: Un mes contado a partir del día siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) Nº46 07/03/2025:
Lugar: Oficina de Relaciones con el Contribuyente, sita en la Calle Jorge Juan, nº 5, planta baja.
Período de pago voluntario I.B.I. 2025
La Concejalía de Economía y Hacienda informa de la apertura del periodo de pago voluntario del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.), urbanos y de características especiales.
Período de pago voluntario:
Del 15 de marzo al 30 de junio de 2025.
Recibos no domiciliados:
El Ayuntamiento remitirá los recibos a los interesados que no hayan domiciliado el pago del impuesto. No obstante, si dicho documento de pago no ha sido recibido antes del 30 de abril de 2025, los interesados deberán solicitarlo en:
- Descarga on-line de recibos en período voluntario.
- Oficina de Atención con el Contribuyente. C/Jorge Juan, 5, 03002 Alicante. Tel. 965 14 93 89 y 965 14 93 83.
- Juntas de Distrito (para duplicados de recibos):
Atención con cita previa por Internet en http://citaprevia.alicante.es > Tipo de servicio > Distritos (Participación Ciudadana) > Gestión > (seleccionar Junta de Distrito).
- Distrito 1: C/Barón de Finestrat, 21.
- Distrito 2: Plaza de Argel, 5.
- Distrito 3: Av. Lorenzo Carbonell, 58.
- Distrito 4: Av. Costa Blanca, 19.
- Distrito 5: C/ del Colegio s/n El Rebolledo (no es necesaria cita previa).
Recibos domiciliados:
Los recibos de aquellos contribuyentes que tengan domiciliado el pago del impuesto, serán cargados en la entidad financiera, oficina y nº de cuenta que en su momento ordenaran, los días siguientes del 2025:
- El día 3 de junio de se producirá el cargo de los recibos domiciliados sin fraccionar.
- Los días 3 de abril, 5 de mayo, 3 de junio, 3 de julio, 4 de agosto y 3 de septiembre, se cargarán los recibos domiciliados fraccionados del sistema especial de pago del impuesto, dependiendo del número de fracciones que le correspondan y conforme a la distribución de fechas que figura en la Ordenanza Fiscal del tributo y que se puede consultar en www.alicante.es/es/tramites/sistema-especial-pago-fraccionado-recibos-delimpuesto-bienes-inmuebles.
Transcurrido el plazo voluntario, los débitos impagados serán exigidos por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 28 y 161 de la ley General Tributaria.
Formas de pago:
Los pagos se pueden realizar por Internet, en entidades colaboradoras y en la red de cajeros de la Tesorería Municipal:
Consulta todas las formas de pago
Aplazar/fraccionar:
Consulte formas de aplazar/fraccionar el pago en las Oficinas de Tesorería, C/Jorge Juan, 5-2ª Planta (sólo con cita previa) y en la página municipal: https://www.alicante.es/es/tramites/solicitud-aplazamientofraccionamiento.
Asimismo, puede presentar su solicitud con certificado digital o DNI electrónico a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, en el apartado "Pagos y Recaudación", a través del trámite: "Solicitud aplazamiento/fraccionamiento de deudas".
Domiciliación de recibos para el próximo ejercicio:
Consulte en Domiciliación Bancaria las distintas formas para domiciliar sus recibos de forma telemática por Sede Electrónica con certificado digital o DNI electrónico o de forma presencial con cita previa en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC).
Beneficios fiscales:
Consulta los beneficios fiscales
Más información:
Teléfono gratuito de Atención al Contribuyente: 900 500 917 (*Teléfono 900 153 862 para llamadas desde fuera de la ciudad de Alicante).