La Diputación otorga SUBVENCIONES al Ayuntamiento de Alicante

Prestaciones sociales por situaciones extraordinarias, debido a la crisis económica y energética, y acogida a refugiados procedentes de Ucrania.

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El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión celebrada el 6 de julio de 2023, ha aprobado la resolución de la Convocatoria de subvenciones dirigida a Ayuntamientos, a Entidades de Ámbito Territorial Inferior al Municipio, y a Mancomunidades de Servicios Sociales de la Provincia de Alicante, para prestaciones sociales por situaciones extraordinarias, debido a la crisis económica y energética, y acogida a refugiados procedentes de Ucrania.

La Excma. Diputación de Alicante otorga las siguientes subvenciones al Ayuntamiento de Alicante: 

A) Ayudas a familias, para garantizarles los ingresos suficientes, para asegurar la cobertura de sus necesidades básicas, ya sean éstas de urgencia o de inserción. Se incluyen las ayudas para adquisición de productos de primera necesidad tales como alimentos, artículos de limpieza e higiene, ropa, medicamentos, pañales y demás productos infantiles, material fungible escolar, gastos de alquiler de la vivienda habitual, etc…; y ayudas a familias para que en los hogares en situación de pobreza energética se garantice un acceso mínimo a un suministro de agua, electricidad, gas y otras fuentes de combustibles energéticos, que asegure una vida digna a todos los miembros de la familia.

Estas ayudas se podrán tramitar mediante la concesión por la Entidad Local de prestaciones económicas a las personas vulnerables, o con la adquisición y reparto de estos productos, o con pago directo por parte de la Entidad Local.

También se podrá destinar la subvención a reforzar el personal de los Servicios Sociales del Ayuntamiento o Mancomunidad, encargado de la tramitación de las ayudas descritas anteriormente.

B) Ayudas para refugiados procedentes de Ucrania, en los mismos términos de las ayudas a familias del apartado A), que se encuentran en una situación de gran vulnerabilidad. Además, la subvención se podrá destinar a los gastos de:

- Alojamiento, o estancias temporales en hoteles o pensiones, si fuera necesario.

- Albergues donde puedan residir temporalmente en el caso de carecer de viviendas disponibles.

- Servicios de traducción e interpretación, o de enseñanza de español.

- Refuerzo del personal de los servicios sociales de los Ayuntamientos y Mancomunidades, para garantizar la atención a los refugiados.

 

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