Convocatoria entidades colaboradoras para la gestión de ayudas económicas

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PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA PARA LA ELECCIÓN DE ENTIDAD COLABORADORA PARA LA GESTIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A LA ATENCIÓN INMEDIATA DE URGENCIAS SOCIALES

Acción Social

La Concejalía de Acción Social y Familia, hace publico el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada en fecha 16 de noviembre de 2021, relativo a la aprobación del “PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA PARA LA ELECCIÓN DE ENTIDAD COLABORADORA PARA LA GESTIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A LA ATENCIÓN INMEDIATA DE URGENCIAS SOCIALES.”

 

Objeto de la convocatoria. Destinatarios. Duración.

 

En cumplimiento de cuanto establece el artículo 16.5 LGS, la presente convocatoria se dirige a entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad de naturaleza social en el término municipal de Alicante, y tiene por objeto la selección de una entidad colaboradora mediante un procedimiento sometido a los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación.

Podrán concurrir a la presente convocatoria las entidades legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro que gocen de personalidad jurídica y tengan como objeto el desarrollo de programas o actividades de acción social.

 

La entidad habrá de disponer de personal técnico y administrativo para el cumplimiento de las actuaciones de gestión de las subvenciones en los términos previstos en la presente convocatoria.

 

Con la entidad seleccionada se suscribirá el convenio aprobado, con el contenido mínimo que señala el artículo 16.3 de la Ley General de Subvenciones, en el que se regulan las condiciones y obligaciones asumidas por aquella.

 

En todo cuanto no se recoja expresamente en el convenio, regirán las obligaciones impuestas a las entidades colaboradoras por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la base 24 de las de ejecución del presupuesto municipal.

 

El convenio de colaboración tendrá una duración de cuatro años, conforme a lo establecido en el artículo 16.2 de la Ley General de Subvenciones, y podrá modificarse y prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, sin que la duración total pueda exceder de seis años.

Modelo se solicitud obligatorio

Plazo de presentación:10 días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOP.

Publicación en el B.O.P. n.º 232 de fecha 07/12/2021

Inicio del plazo: 08/12/2021

Finalización: 22/12/2021

En el apartado de información complementaria, consta Anuncio del procedimiento-bases-, y modelo de solicitud obligatorio.

Información complementaria