Justificación de las subvenciones destinadas a las asociaciones de comerciantes para la promoción y dinamización del sector comercio y hostelería durante el ejercicio 2023
Las asociaciones de comerciantes dispondrán de este acceso a para registrar las justificaciones de las subvenciones, incorporando todos los documentos que se exigen en las bases reguladoras.
Para realizar correctamente la justificación debe leer atentamente lo establecido en la base octava de las bases reguladoras que se acompañan.
La justificación podrá realizarse hasta el 3 de diciembre de 2023 para acciones realizadas desde el 1 de enero hasta el 26 de noviembre de 2023.
La justificación del gasto revestirá forma de cuenta justificativa, con aportación de justificantes de gasto, de acuerdo con el modelo adjunto y recogerá la relación ordenada y numerada de las facturas externas que también se adjuntarán individualizadas y numeradas con el mismo orden de la cuenta justificativa.
Atención: Los documentos justificativos de gasto detallarán las acciones, lugar y fecha de su ejecución, coste por unidad y/o por hora de servicio. Los documentos bancarios que acrediten el pago deberán identificar el número de factura, el proveedor y la asociación pagadora. Las asociaciones harán constar de manera explícita, en la difusión de las acciones, el apoyo de la Concejalía de Comercio y Hostelería del Ayuntamiento de Alicante de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras.
DOCUMENTOS QUE SE HAN DE ACOMPAÑAR (obligatorios)
- Cuenta justificativa firmada
- Facturas de gastos
- Memoria justificativa de actuación firmada
- Evidencias de las actividades realizadas
Se pueden acompañar otros documentos que faciliten la compresión de la justificación y los justificantes de pagos a proveedores cuando estos se hayan realizado al mismo tiempo que los gastos.