Subvenciones a Deportistas de Élite 2024

Desescalada Instalaciones Deportivas

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión, para la temporada 2023/2024, de las subvenciones a deportistas de élite empadronados en el municipio de Alicante que practiquen especialidades deportivas de carácter individual.

La finalidad es contribuir al fomento de la práctica deportiva y su participación en las diversas competiciones deportivas oficiales en las que se encuentren inmersos los deportistas ayudando a sufragar parte de los gastos que les ocasionen las mismas.

La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria será de 38.250 euros.

La concesión de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.

FASE ACTUAL

Publicado el 6 de junio de 2024 en el B.O.P. y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante, edicto relativo a la aprobación de las bases reguladoras y convocatoria de la concesión de subvenciones a deportistas de Élite 2024.

Plazo de presentación de solicitudes y justificación: del 7 al 26 de junio de 2024.

TRAMITACIÓN

  • 06/06/2024 - Publicación en el B.O.P.
  • 07/06/2024 - Apertura del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria.
  • 26/06/2024 - Fin del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria.

REQUISITOS

Podrán solicitar la subvención aquellos deportistas que cumplan los siguiente requisitos:

a) Estar en posesión de Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE).

b) Tener la condición de deportista de élite en alguna de las listas de deportistas de élite de la Comunidad Valenciana publicadas en el DOGV desde el año 2021 hasta la fecha de publicación de la convocatoria.

c) Tener licencia federativa en vigor de una federación de la Comunidad Valenciana.

d) Estar empadronado en el municipio de Alicante con anterioridad al 1 de septiembre de 2019 y de manera ininterrumpida hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria.

e) Estar dado de Alta como Tercero en la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Alicante.

No podrán optar a la subvención los deportistas que practiquen deportes colectivos, considerados como tal, los deportes en los que compiten dos grupos de más de dos deportistas, de forma simultánea en el tiempo, con alternancia en la posesión o dominio de un móvil, mediante acciones técnico tácticas de ataque y defensa.

La lista completa de exclusiones se encuentra disponible en las bases de la convocatoria.

IMPORTE A PERCIBIR

El criterio de valoración de las solicitudes será único y vendrá determinado por el nivel alcanzado como deportista de élite en alguna de las listas de deportistas de élite indicadas previamente.

Se establecen las siguientes cuantías máximas por deportista de élite:

Nivel Alta Competición: 500 €
• Nivel Promoción: 300 €

El importe de la subvención que le corresponderá a cada beneficiario vendrá determinado por la cantidad menor entre la cuantía máxima establecida en este apartado (si es el caso, la cantidad minorada que se establezca) y la suma total de sus justificantes de gastos presentados y admitidos.

DÓNDE TRAMITAR LA SOLICTUD

Se podrá presentar a través de uno de los siguientes cauces:

- En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante.

Acceso a la presentación de la Solicitud y Justificación

- Presencialmente, con cita previa, en las Oficinas de Atención Ciudadana del Servicio de Atención Integral a la Ciudadanía (SAIC).

Se utilizará el modelo Anexo Solicitud y Justificación.

- A través de las oficinas de Correos.

Se utilizará el modelo Anexo Solicitud y Justificación.

Debe llevarse la solicitud y la documentación que se acompaña en un sobre abierto. Correos sellará la solicitud que se meterá dentro del sobre (con identificación de la fecha en que se ha presentado en el cuño).

Se debe envíar como carta certificada a la siguiente dirección:

Ayuntamiento de Alicante
Registro General

C/ Portugal, 17
03003 Alicante

ALTA DE TERCEROS (MUY IMPORTANTE)

Al realizarse el pago de la subvención mediante transferencia bancaria, es condición indispensable, que el deportista esté dado de Alta como Tercero en la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Alicante.

En el caso de no estar dado de alta, necesitar rectificar algún dato personal o modificar la cuenta bancaria, se deberá realizar el trámite con carácter previo a la presentación de la solicitud.

En el enlace se dispone de información para la realización de dicho trámite.

CONTACTO

Para cualquier consulta o aclaración acerca de la convocatoria, contactar en el correo: subvenciones.deportes@alicante.es

Para cualquier consulta o aclaración acerca de los requerimientos técnicos de la Sede Electrónica, contactar en el correo: tramit.online@alicante.es

REFERENCIAS DE GÉNERO

Toda referencia al género masculino en este documento incluye necesariamente su homónimo en femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica y uso generalmente admitidos en aras a la agilidad lingüística.

AVISO LEGAL

La información proporcionada es a título informativo y en ningún caso sustituye a las bases reguladoras de la convocatoria, en caso de discrepancia solo se tendrá en cuenta lo contenido en las citadas bases.

Presentación
Plazo de presentación: 
De 7 de Junio de 2024 hasta 26 de Junio de 2024
Documentación a presentar: 

SOLICITUD

Si se presenta presencialmente o por Correos, se deberá utilizar el modelo Anexo Solicitud y Justificación, en el caso de presentarse telemáticamente el Anexo Solicitud y Justificación se generará al realizar el trámite en la sede electrónica por lo que no es necesario que se aporte.

En la solicitud deberá figurar el deportista como interesado siendo la persona que debe firmar la solicitud, salvo que el deportista sea menor de edad, en este caso además del deportista como interesado, debe figurar la madre, padre o tutor como representante y ser firmado por el representante.

  • FOTOCOPIA del DNI/NIE del deportista.
  • FOTOCOPIA del DNI/NIE de la madre, del padre o del tutor (si el deportista es menor de edad).
  • FOTOCOPIA del Libro de Familia (páginas donde figuran los padres y el deportista) o, en su caso, FOTOCOPIA documento que justifique el parentesco o la tutoría (si el deportista es menor de edad).
  • FOTOCOPIA licencia federativa en vigor de una federación de la Comunidad Valenciana.

JUSTIFICACIÓN

Los gastos subvencionables debieron producirse y realizarse dentro del plazo comprendido entre el 1 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2024.

Tendrán la consideración de gastos subvencionables, en lo referente a las presentes bases, los gastos indicados a continuación, según los términos previstos en el artículo 31 de la LGS.

GASTOS CONDICIONES JUSTIFICACIÓN DEL GASTO

Alojamiento

Los producidos en hoteles, pensiones u otro tipo de alojamientos, cuando se originen por la participación del deportista en competiciones federadas oficiales. Se excluyen expresamente los gastos de manutención.

Factura del establecimiento hotelero y hoja oficial de resultados o clasificación, en la que debe figurar el deportista, así como los datos de la federación junto con la denominación, localidad y provincia de la prueba.

Desplazamiento

Los realizados en transporte de viajeros cuando se originen por la participación del deportista en competiciones federadas oficiales.

Factura de la empresa de transporte de viajeros y hoja oficial de resultados o clasificación, en la que debe figurar el deportista así como la denominación, localidad y provincia de la prueba.

Material deportivo

Adquisición de material destinado al desarrollo de la modalidad deportiva del deportista, incluye tanto material deportivo como equipaciones deportivas.

Factura con indicación expresa del material suministrado.

Salud deportiva

Suministros de botiquín médico.

Tratamientos de Fisioterapia.

Factura con indicación expresa del material suministrado o tratamiento recibido.

Seguros

Mutualidades deportivas, seguros de responsabilidad civil o seguros de accidentes, relacionados con la actividad deportiva.

Se acreditarán mediante certificado o documento expedido por la mutualidad, aseguradora o federación correspondiente, en el que se haga constar que se han pagado las correspondientes cuotas.

Federativos

Licencias federativas. Inscripciones en competiciones o torneos federados.

Se acreditarán mediante factura o certificado expedido por la federación correspondiente en el que se haga constar que se ha realizado el pago.

Entidades deportivas

Cuotas satisfechas a la entidad deportiva del deportista.

Se acreditarán mediante certificado o documento expedido por la entidad deportiva correspondiente, en el que se haga constar que se han pagado las correspondientes cuotas.

Entrenadores

Pagos realizados a entrenadores titulados que mejoren el rendimiento del deportista en la competición.

Factura con indicación expresa del servicio prestado.

En las bases de la convocatoria se puede encontrar más información sobre la documentación a aportar para la justificación.

Al realizar la justificación, se deberá adjuntar (en formato PDF, en el caso de presentarse de manera electrónica) la documentación ORIGINAL justificativa de los gastos producidos, que serán facturas y demás documentos de valor probatorio con validez en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente. En lo concerniente a las facturas se cumplirá lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. 

Información complementaria