La Estrategia Europa 2020 señala el camino hacia el crecimiento inteligente, sostenible e integrador de la Unión Europea en esta década. Su finalidad no es solo superar la crisis que han sufrido las economías europeas, sino también subsanar los defectos de nuestro modelo de crecimiento y crear las condiciones propicias para un crecimiento más inteligente, sostenible e integrador.
El PO Plurirregional de España 2014-2020, resultado de la fusión de los anteriores PO Crecimiento Inteligente y PO Crecimiento Sostenible 2014-2020, concreta la estrategia y los objetivos globales de intervención de la Administración General del Estado (AGE) cofinanciadas con el fondo FEDER en los ámbitos del crecimiento inteligente y sostenible (y en el ámbito urbano también el crecimiento integrador).
El PO Plurirregional de España es un programa cofinanciado principalmente por la Administración General del Estado, aunque en el ámbito del Desarrollo Urbano también cuenta con la cofinanciación de las Comunidades Autónomas españolas. Su ámbito territorial está conformado por la totalidad del territorio español.
La elaboración del PO Plurirregional de España ha sido liderada por la Dirección General de Fondos Europeos, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a partir de los trabajos realizados para la redacción del Acuerdo de Asociación de España 2014-2020 (AA), coordinado y elaborado con participación de representantes de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (FEDER, FSE, FEADER y FEMP) y en continuo diálogo con los servicios de la Comisión Europea.. En su elaboración se han tenido en cuenta las disposiciones incluidas en los reglamentos.
El programa procura una concentración de los fondos en un número limitado de objetivos temáticos y actuaciones, seleccionando aquéllas con un impacto significativo sobre los resultados que el programa debe alcanzar y con mayor repercusión sobre el crecimiento.
El ámbito temporal del PO Plurirregional de España abarca los siete años correspondientes al periodo de programación 2014‐2020, aunque el gasto es subvencionable desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2023. En su desarrollo se han tenido en cuenta los principios recogidos en el Reglamento (UE) Nº 1303/2013, en particular, el principio de Asociación y Gobernanza multinivel según establece el artículo 5, así como lo dispuesto en el Reglamento Delegado (UE) Nº 240/2014 de la Comisión, relativo al Código Europeo de Conducta.