El Ayuntamiento de Alicante concurrió a la primera convocatoria para la selección de estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020, realizada mediante la Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y esta primera convocatoria (publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 275, de 17 de noviembre de 2015).
En el BOE del 3 de octubre de 2016 se publicó la Resolución de 29 de septiembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se conceden ayudas de la primera convocatoria para la selección de estrategias, donde en su Anexo I, numeral 165 CV21, se selecciona la solicitud del Ayuntamiento de Alicante, “Área Las Cigarreras”, con una ayuda asignada de 11.053.941,33 euros, siendo su Organismo Intermedio la “Subdirección General de Cooperación Territorial Europea y Desarrollo Urbano”. En su resuelvo undécimo, la Resolución, señala que “Las entidades beneficiarias de las operaciones a cofinanciar en el marco de las Estrategias DUSI serán Organismos Intermedios únicamente a los efectos de la selección de operaciones.”
De este modo, las entidades beneficiarias de la convocatoria, o Entidades DUSI, van a seleccionar las operaciones concretas que se integran dentro de las distintas líneas de actuación de sus Estrategias, actuando como organismos intermedios, que coloquialmente han sido denominados organismos intermedios “ligeros”.
El BOE del 14 de diciembre de 2016 publicó la Resolución de 12 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se resuelve definitivamente la primera convocatoria, ratificándose la selección provisional de la estrategia presentada por el Ayuntamiento de Alicante. Y donde se acordó “Designar, según lo indicado en el artículo undécimo de la Orden HAP/2427/2015, a las entidades beneficiarias del anterior apartado «Organismos Intermedios del FEDER» únicamente a los efectos de la selección de operaciones. Debido a esta condición, deberán elaborar un Manual de Procedimientos. Este Manual, en el que deberán documentar todos aquellos aspectos y procesos que le permitan cumplir con sus obligaciones deberá ser remitido al Organismo Intermedio de Gestión del que dependan, en el plazo máximo de dos meses a contar desde la publicación de esta resolución en el «BOE», por los cauces y en el formato que se establezcan. La formalización de la designación de las Entidades Locales seleccionadas como Organismos Intermedios a efectos de selección de operaciones, se realizará mediante un acuerdo de compromiso en materia de asunción de funciones para la gestión FEDER...”
Atendiendo a lo prescrito en la resolución, se formalizó el Acuerdo de Compromiso Materia de Asunción de Funciones para la Gestión del FEDER del Excmo. Ayuntamiento de Alicante, con firma del Alcalde de fecha 14.12.2016, asumiendo el Ayuntamiento todas las obligaciones que le correspondían de la convocatoria. Y atendiendo a los antecedentes mencionados, en este Manual se recogen los protocolos de un Manual de Procedimientos, y una Evaluación de Riesgos de Fraude validados por el Organismo Intermedio de Gestión en fecha 18 de septiembre, de la Estrategia DUSI ALICANTE “Área Las Cigarreras”.