Este trámite permite a las entidades festeras solicitar el adorno especial de una calle, con motivo de la celebración de la manifestación festiva en la que se encuentren integradas.
La solicitud debe presentarse por la entidad festera organizadora con antelación mínima de UN (1) MES respecto de la fecha en que vaya a dar comienzo la ocupación de la vía pública afectada por el espectáculo o actividad a celebrar.
La autorización de calle adornada está sujeta al cumplimiento de los siguientes requisitos:
- El programa oficial de actos que rija las celebraciones de la manifestación festiva en que se encuentre integrada la entidad solicitante, deberá haber sido aprobado por el Ayuntamiento y contener expresamente la posibilidad de solicitar el adorno de calles.
- La actividad se ceñirá exclusivamente a la decoración y adorno artístico de la calle, que no podrá efectuarse mediante la instalación de elementos de carácter fijo y/o constructivo, ni de instalaciones que tengan el carácter de eventuales, portátiles o desmontables, debiendo emplearse únicamente elementos decorativos y mobiliario de carácter liviano, de manera que se garantice, en todo momento la movilidad, retirada y/o desplazamiento inmediato de los elementos decorativos en caso de necesidad.
- La calle adornada deberá permanecer en todo momento abierta al tránsito peatonal y exenta de cualquier tipo de vallado perimetral.
- En aquellos casos en que se cuente con informe favorable del Servicio de Tráfico, Transportes, Movilidad y Accesibilidad, la entidad organizadora podrá cortar la calle al tránsito de vehículos a cuyo efecto se permitirá, exclusivamente, la colocación de vallado bajo al comienzo y al fin de la calle con la única finalidad de indicar a los vehículos tal circunstancia.
- Las calles autorizadas deberán preservar en todo momento un ancho de paso mínimo de 3'50 metros libres y una altura mínima libre o gálibo (de carteles publicitarios y demás) de 4'50 metros en dicho espacio libre de ancho, para garantizar el paso de los vehículos de emergencia. En las restantes zonas de la calle, los elementos decorativos deberán dejar una altura libre de paso para los peatones de, al menos, 2'20 metros.
- En el espacio ocupado por la calle adornada queda prohibida la celebración de cualquier tipo de espectáculo público o actividad recreativa o socio-cultural, la instalación de cualquier otro elemento, atracción ferial o puesto de venta, así como la ubicación de veladores (mesas y sillas) que propicien la utilización del espacio con fines de restauración o dispensación de alimentos.
Junto con la solicitud, deberá aportarse la siguiente documentación:
- En todo caso:
- Anexo IX - "Memoria descriptiva para calles adornadas", debidamente cumplimentada y suscrita por la entidad organizadora. En este documento se expresarán todas las características y detalles referentes a los elementos decorativos que se utilizarán para el adorno de la calle.
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Planos, elaborados con base a la Guía Urbana de Alicante (https://guiaurbana.alicante.es) y usando los iconos del apartado 2 de la 'Memoria descriptiva', debiendo aportarse los siguientes:
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Plano 1 - Plano de situación del evento, en este plano deberá reflejarse el espacio a ocupar (en metros cuadrados) para la celebración del espectáculo o actividad.
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Plano 2 - Plano de detalle, en este plano deberá reflejarse la ubicación de todos los elementos que vayan a utilizar (mesas, sillas, barras, cocinas, planchas y depósitos de GLP -bombonas de gas-, grupos electrógenos, cuadros y líneas eléctricas, aseos, etc...), así como las medidas correctores de los riesgos que se deban adoptar (vallas, protecciones mecánicas de cables y conducciones, botiquín de primero auxilios, cintas de protección, señalización, etc...). En este plano deberán figurar las medidas totales del espacio a ocupar, las medidas de elementos que se vayan a utilizar y la distancia entre ellos.
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- Si con motivo de la actividad solicita la prestación de servicios municipales, puede hacerlo adjuntando a su solicitud el Anexo IV – "Solicitud de prestación de servicios municipales".