El Registro Electrónico General y la Oficina de Asistencia en Materia de Registros son unidades que se encargan de llevar a cabo las funciones que les atribuye la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo, las principales funciones son el registro oficial de entrada y salida de documentos, exposición de edictos en el tablón de anuncios y diligenciamiento de los mismos, certificados e informes de alegaciones a exposiciones de edictos, franqueo de la correspondencia municipal, asistencia a los interesados en materia de presentación de escritos, solicitudes, instancias, etc., notificación de resoluciones administrativas a los ciudadanos que comparezcan ante la oficina a tal fin, expedición de copias auténticas de documentos administrativos, tramitación electrónica tanto de entrada como de salida.