Contacto
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965148128
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En relación con la totalidad de los tributos locales y precios públicos aprobados por las correspondientes Ordenanzas Fiscales, tiene atribuidas las siguientes funciones:
- Elaboración y propuesta del Plan de Inspección de Tributos, para su aprobación por el Órgano municipal competente.
- La investigación de los hechos imponibles para el descubrimiento de los ignorados por la Administración y su consiguiente atribución al sujeto pasivo.
- La comprobación de la exactitud de las deudas tributarias ingresadas en virtud de declaraciones-documentos de ingreso.
- La integración definitiva de bases tributarias.
- Practicar las liquidaciones tributarias resultantes de sus actuaciones de comprobación e investigación.
- Realizar por propia iniciativa o a solicitud de los demás Órganos de la Administración Tributaria, aquellas actuaciones inquisitivas o de información que deban llevarse a efecto cerca de los particulares o de otros Organismos y que conduzcan a la aplicación de los tributos.
- La comprobación del valor de las rentas, productos, bienes y demás elementos de hecho imponible.
- Verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión o disfrute de cualesquiera beneficios fiscales.
- Informar a los sujetos pasivos y demás obligados tributarios sobre las normas fiscales y acerca de las obligaciones y derechos que de las mismas se deriven.
- El asesoramiento e informe a otros Órganos municipales en cuanto afecte a sus derechos y obligaciones, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos o dependencias.
- La propuesta de resolución de los recursos de reposición que se presenten a las regularizaciones contenidas en las actas.