Prórroga del convenio de colaboración entre el Exmo. Ayuntamiento de Alicante y Aguas Municipalizadas de Alicante para la gestión del Fondo Social de la tarifa de agua y alcantarillado para el ejercicio 2025

Nº de registro: 
624
Tipo de convenio: 
Con personas o entes de derecho privado
Ámbito: 
Acción Social
Área, servicio o concejalía: 
Concejalía de Bienestar Social
Entidad con que se suscribe: 
Aguas Municipalizadas de Alicante
Fecha de suscripción: 
21 de Enero de 2025
Partes que suscriben: 
De una parte, D. Luis Barcala Sierra, Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Alicante, facultado para el presente acto por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 07 de febrero de 2023, en representación de dicha Administración con CIF P-0301400-H. De otra parte, D. Sergio Sánchez Ríos, con NIF 21.499.402-Z, actuando en nombre y representación Aguas Municipalizadas de Alicante, E.M. (en adelante AMAEM), domiciliada en Alicante, calle Alona, n° 31, con CIF n° B-03002441.
Documento del convenio: 
Objeto: 

Dicho convenio tiene por objeto regular los términos de la colaboración entre AMAEM y el Ayuntamiento de Alicante a fin de coordinar esfuerzos dirigidos a optimizar la aplicación del Fondo Social destinado a clientes en situación precariedad económica y/o exclusión social, que reúnan los requisitos estipulados y valorados por los Servicios Sociales municipales o conjunto de clientes(edificaciones), que supongan una amenaza para las personas que los habitan y que reúnan los requisitos estipulados y valorado por la Oficina del Plan Integral de Barrios Zona Norte.

Vigencia
Vigente: 
Plazo de vigencia: 
De 25 de Enero de 2025 hasta 25 de Enero de 2026
Condición de vigencia: 
Prorrogable mediante acuerdo expreso y unánime entre las partes, hasta un máximo de cuatro años.
Motivos de extinción: 

El presente convenio se puede resolver por las causas siguientes:

Por la expiración del plazo de duración de éste.
Por mutuo acuerdo entre las partes.
Por el incumplimiento por cualquier de las partes de las condiciones establecidas en el presente convenio.
Por decisión unilateral de una de las partes, mediante comunicación expresa por escrito a la otra, con una antelación mínima de dos meses a la fecha en que vaya a darlo por concluido.

Aprobación y publicación
Acto de aprobación: 
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 21 de enero de 2025, adoptó entre otros el siguiente ACUERDO: “ 17. CONVALIDACIÓN DEL “ANEXO DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALICANTE Y AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE PARA LA GESTIÓN DEL FONDO SOCIAL DE LA TARIFA DE AGUA Y ALCANTARILLADO PARA EL EJERCICIO 2025”.
Documento de Acto de aprobación: 
Financiación: 
El importe destinado al FS se aprobará por el Consejo de Administración de AMAEM. Dicha cantidad será actualizada anualmente por el mismo órgano siempre que así lo acuerde. En tal caso, el importe correspondiente será comunicado al Ayuntamiento, a los efectos oportunos.
Órgano mixto de seguimiento y control: 
Al objeto de velar por el cumplimiento general de las cláusulas del presente convenio y la coordinación de las actuaciones previstas, se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento formada por: • El/a Concejal/a Delegado/a de Bienestar Social o persona en quien delegue, que actuará de Presidente/a. • El/ la Concejal/a Delegado/a de Coordinación de Proyectos, o persona en quien delegue. • Un representante de AMAEM. • Un/a técnico/a municipal actuando de secretario, quien levantará Acta de la sesión.
Convenios que se modifican: 

Los términos y cláusulas del presente convenio podrán ser revisados y/o modificados a instancia de cualquiera de las dos partes y de común acuerdo, siendo obligada su revisión con ocasión de la entrada en vigor de cualquiera otra norma del rango que fuera y que altere sustancialmente los supuestos fundamentales de este convenio.