El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión, para la temporada 2023/2024, de subvenciones a entidades deportivas, sin ánimo de lucro y con domicilio social en el municipio de Alicante, que participen con uno o varios equipos senior en competiciones deportivas oficiales de alto nivel.
La finalidad es contribuir al fomento de la práctica deportiva de alto nivel y su participación en las competiciones deportivas oficiales en las que se encuentren inmersos, ayudando a sufragar parte de los gastos que les ocasionen las mismas.
La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria será 99.850 euros.
La concesión de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.
Publicado en la sede electrónica edicto relativo a la resolución de la convocatoria de Subvenciones a Entidades Deportivas en competiciones Alto Nivel, anualidad 2024 Plazo de presentación de la JUSTIFICACIÓN Y ESTADOS CONTABLES: del 21 de noviembre al 2 de diciembre de 2024 |
TRAMITACIÓN
- 17/06/2024 - Fin del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria
- 24/10/2024 - Fin del plazo de presentación de subsanaciones
- 02/12/2024 - Fin del plazo de presentación de JUSTIFICANTES Y ESTADOS CONTABLES
DÓNDE TRAMITAR LA JUSTIFICACIÓN
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante.
Acceso al Trámite para presentación de Justificantes y Estados Contables
CONTACTO
Para cualquier consulta o aclaración acerca de la convocatoria, contactar en el correo: subvenciones.deportes@alicante.es
Para cualquier consulta o aclaración acerca de los requerimientos técnicos de la Sede Electrónica, contactar en el correo: tramit.online@alicante.es
AVISO LEGAL
La información proporcionada es a título informativo y en ningún caso sustituye a las bases reguladoras de la convocatoria, en caso de discrepancia solo se tendrá en cuenta lo contenido en las citadas bases.
Al realizar el trámite de justificación indicado en este apartado, se deberá adjuntar la documentación justificativa de los gastos producidos, que serán facturas y demás documentos de valor probatorio con validez en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente. En lo concerniente a las facturas se cumplirá lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Así mismo, se deberá aportar los estados contables de los justificantes de gastos aportados. Los estados contables deberán estar debidamente firmados y sellados por el representante legal del beneficiario.
Los gastos subvencionables debieron producirse y realizarse dentro del plazo comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de julio de 2024.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables, en lo referente a la presente convocatoria, los gastos indicados a continuación, según los términos previstos en el artículo 31 de la LGS.
GASTOS | CONDICIONES | JUSTIFICACIÓN DEL GASTO |
Material deportivo |
Adquisición de material.incluye tanto material deportivo como equipaciones deportivas. |
Factura con indicación expresa del material suministrado. |
Material informático y de oficina |
Adquisición de material destinado a la gestión de la competición. |
Factura con indicación expresa del material suministrado. |
Salud deportiva |
Suministros de botiquín médico. Tratamientos de Fisioterapia. |
Factura con indicación expresa del material suministrado o tratamiento recibido. |
Seguros |
Mutualidades deportivas, seguros de responsabilidad civil de la entidad o seguro de accidentes, relacionados con la competición. |
Certificado o documento expedido por la mutualidad, aseguradora o federación correspondiente. Si en dicho documento no se hace constar que el pago ha sido realizado, se adjuntará justificante que lo acredite. |
Personal |
Nóminas de monitores deportivos y entrenadores. |
Por cada mensualidad que se quiera justificar, se adjuntará: nómina, RLC (Relación de Liquidación de Cotizaciones) y RNT (Relación Nominal de Trabajadores), todo ello del mes correspondiente. |
Alojamiento |
Los producidos en hoteles, pensiones u otro tipo de alojamientos, cuando se originen por la participación de la entidad en competiciones federadas oficiales de alto nivel. Se excluyen expresamente los gastos de manutención. |
Factura del establecimiento hotelero y hoja oficial de resultados o documento oficial de la federación, en la que debe figurar la entidad junto con la localidad y provincia donde se ha realizado la competición. |
Desplazamiento |
Los realizados en transporte de viajeros cuando se originen por la participación de la entidad en competiciones deportivas oficiales. |
Factura con indicación expresa del desplazamiento realizado y hoja oficial de resultados o documento oficial de la federación, en la que debe figurar la entidad junto con la localidad y provincia donde se ha realizado la competición. |
Federativos |
Licencias federativas. Inscripciones en las competiciones federadas oficiales de alto nivel. |
Se acreditarán mediante factura o certificado expedido por la federación correspondiente en el que se haga constar que se ha realizado el pago. |
Arbitrajes |
Gastos de arbitrajes, jueces, cronometradores y secretarías técnicas. |
Se acreditarán mediante factura o certificado expedido por el comité de árbitros correspondiente en el que se haga constar que se ha realizado el pago. |
Será subvencionable, en relación con los gastos indicados en la relación anterior, el Impuesto sobre el Valor Añadido cuando dicha cantidad sea efectivamente abonada y no pueda ser deducida ni recuperada por la entidad beneficiaria.
En las bases de la convocatoria se puede encontrar más información sobre la documentación a aportar para la justificación.