Resolución provisional de las Ayudas a autónomos y pequeñas empresas de Alicante

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Consulta la propuesta de resolución provisional de las Ayudas a personas trabajadoras autónomas y pequeñas empresas, de hasta 10 trabajadores, de la ciudad de Alicante.

Resolución provisional ayudas autónomos y pequeñas empresas

En la mañana de ayer, 14 de julio, se constituyó la comisión para la valoración de los resultados de las solicitudes presentadas a la convocatoria de Ayudas a personas trabajadoras autónomas y pequeñas empresas, de hasta 10 trabajadores, de la ciudad de Alicante.

El plazo de presentación de solicitudes a las ayudas estuvo abierto del 2 al 15 de junio. Durante estas fechas se recibieron. en plazo y forma, un total de 5.949 con el siguiente resultado:

  • 4.140 solicitudes admitidas propuestas para aprobación.
  • 1.031 solicitudes denegadas por presentar documentación incompleta o incorrecta.
  • 394 solicitudes denegadas por no presentar documentación de carácter obligatorio.
  • 244 solicitudes denegadas por no cumplir los requisitos establecidos en las bases.
  • 140 renuncias a la solicitud presentada

Fuera de plazo se han presentado 5 solicitudes que no han sido objeto de valoración por extemporáneas.

En cumplimiento de lo previsto en la base 4ª que regula la instrucción del procedimiento, la concejala de Empleo y Desarrollo Local, Mª Carmen de España, ha emitido la siguiente propuesta de resolución provisional:

  • Conceder la ayuda solicitada a la relación de personas trabajadoras autónomas y pequeñas empresas que figura en el ANEXO I, por los importes individuales que se indican.
  • Denegar la ayuda a la relación de solicitantes que figura en el ANEXO II, por el motivo que se indica.
  • Aceptar las renuncias formuladas por los solicitantes que se relacionan en el ANEXO III
  • Inadmitir las solicitudes formuladas por las personas trabajadoras autónomas y pequeñas empresas que figuran en la relación del ANEXO IV, por extemporáneas.

Consulta aquí el anuncio de la propuesta de resolución provisional de las ayudas a personas trabajadoras autónomas y pequeñas empresas, de hasta 10 trabajadores, de la ciudad de Alicante

Presentación de alegaciones

En caso de disconformidad con la presente propuesta de resolución, del 16 al 22 de julio está abierto el plazo para presentar las alegaciones y aportar la documentación que se considere oportuna.

Para ello se ha habilitado un procedimiento específico en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante  al que puede acceder a través del siguiente enlace: Alegaciones resolución provisional Ayudas autónomos y pequeñas empresas Alicante (operativo hasta el 22 de julio)

En el Anexo II, donde figura la relación de ayudas denegadas, se identifica el motivo de la denegación: por documentación incompleta/incorrecta, por no presentar documentación obligatoria o por no cumplir los requisitos de las bases. Es el propio interesado el que deberá revisar la documentación que presentó en su momento (existe la posibilidad de consultar en la carpeta ciudadana) e identificar con las bases reguladoras de la subvención cual es la que debe presentar.

Como ayuda, en los supuestos de haber sido denegada por documentación incompleta / incorrecta, se especifica cuál es el documento; no obstante, será el interesado quien deberá comprobar las bases y presentar aquella documentación que esté incorrecta o que no haya presentado en la instancia de solicitud.

Para poder presentar las alegaciones deberá cumplimentar los datos de identificación del interesado así como el Registro de Entrada de la solicitud de la ayuda, que encontrará en la parte superior derecha del documento generado cuando se registró la solicitud.

También deberá exponer los motivos que alega, la documentación que adjunta y, posteriormente, anexar en pdf dichos documentos (de forma individualizada si se trata de varios documentos)

Si lo que desea es consultar la documentación que ya ha presentado, puede acceder a su Carpeta Ciudadana de la Sede Electrónica (requiere firma electrónica). Una vez dentro de la Carpeta Ciudadana, acceda a “Consulta de expedientes y registro general de entrada y salida” donde podrá visualizar toda la documentación aportada al expediente. A esta carpeta puede acceder tanto el interesado como el representante, en el caso de que un tercero haya presentado la solicitud.

Para cualquier duda o consulta hemos habilitado el teléfono 629 220 284 y el correo electrónico: ayudasimpulsalicante@alicante.es

 

Información complementaria