La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones se contempla en el Art. 132 del nuevo Título X de la
Ley 57/2003 de 16 de diciembre de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, novedad relevante
en el ámbito organizativo municipal.
Así, queda definida como una institución con autoridad, pero no con potestad administrativa, encargada de
defender los derechos de los ciudadanos, supervisando el funcionamiento de la Administración y formulando
las recomendaciones de mejora oportunas.
Tipo:
Reglamentos